Valoramos tu tranquilidad y nos comprometemos a mantener una relación basada en el respeto y la transparencia. Reconocemos que, como consumidor, tienes derechos fundamentales que deben ser protegidos y garantizados, por lo que trabajamos arduamente para que todos nuestros procesos estén en sintonía con estos derechos. Nuestro objetivo es ofrecerte un servicio que no solo cumpla con las normativas legales, sino que también respete tu dignidad y privacidad.
A continuación, te ofrecemos un desglose detallado de tus derechos como consumidor en relación con la cobranza. Estos derechos están diseñados para protegerte y garantizar que el proceso sea justo, respetuoso y se realice dentro del marco legal establecido en el artículo 37 de la Ley N° 19.496.
¿Cuáles son tus derechos como consumidor?
Que los llamados de cobranza sean en días hábiles (de lunes a sábado, excluyendo feriados) entre las 8:00 hrs. y las 20:00 hrs.
Que no se informen deudas a familiares, jefes o terceros, ajenos a dicha obligación.
La cobranza debe respetar la privacidad del hogar, la convivencia normal de sus miembros y la situación laboral del deudor.
No se pueden enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales.
Tener derecho a pagar la deuda directamente a la empresa a la que se debe.
Los porcentajes por concepto de cobranzas extrajudiciales, presentes en la Ley N°19.496, artículo 37, se aplicarán transcurridos los primeros 20 días de atraso.
Cuando existe atraso en el pago de una cuota, la empresa que otorgó el crédito deberá avisar al deudor de esta situación, de forma gratuita, dentro de los primeros quince días siguientes a cada vencimiento de la cuota. Si no lo hace dentro de ese plazo, la cantidad máxima que podrá cobrar por los gastos de cobranza extrajudicial se reducirá en UF 0,2.
Además, los porcentajes por concepto de cobranzas extrajudiciales deben ser aplicados sobre el monto de la deuda vencida a la fecha del atraso y no al capital adeudado o a la cuota vencida.