Procedimiento para el pago total o parcial de créditos
- Si usted desea realizar Prepago Parcial o Total de su crédito, primero debe completar el documento “Solicitud de liquidación de prepago”.
- Luego debe ingresar a amhchile.cl, Acceso Clientes y en sección Herramientas, “Mis Solicitudes”, crear una “Solicitud” adjuntando el documento “Solicitud de liquidación de prepago” que ya completó e indicar que desea una liquidación prepago.
- Si requiere el Certificado de Ley 20.130, que acredite la exención del impuesto de timbres y estampillas, debe expresarlo en la misma solicitud.
- Usted recibirá en su correo electrónico registrado en la Compañía, en un plazo de 5 días hábiles, la “Liquidación de prepago” y la “Declaración de Origen de Fondos”. Si decide realizar el prepago, deberá enviar dicha declaración completada a través de Acceso Clientes, “Mis Solicitudes” indicando lo que adjunta. Posteriormente, recibirá un correo electrónico o un contacto telefónico, indicando la forma de pago.
- Una vez realizado el pago, deberá enviar el comprobante de pago, a través de Acceso Clientes, “Mis Solicitudes”, indicando que adjunta el comprobante de su prepago.
Importante
Condiciones para el pago anticipado de mutuos hipotecarios y/o créditos complementarios
- El Deudor puede prepagar en cualquier época del crédito y por su propia voluntad.
- Existen comisiones y/o intereses sobre Capital que se prepaga.
- Debes estar al día en el pago de los dividendos. Si el crédito no está al día, se debe pagar los dividendos pendientes más los gastos asociados al pago atrasado.
- En el caso que hubiere crédito complementario asociado al mutuo, este se debe prepagar primero y luego se podrá realizar el prepago del mutuo hipotecario.
- En el caso que el prepago sea parcial, el abono se imputará primeramente al pago del dividendo o cuota que se debe pagar en el mes siguiente, y el saldo, se destinará a amortización extraordinaria del capital.
- El monto mínimo a prepagar, estará de acuerdo a lo estipulado en la escritura.
Gastos y comisiones
Comisión o intereses sobre monto que se prepaga para mutuos menores a UF 5.000 otorgados antes de Junio 2004 | 3 meses de interés |
Comisión o intereses sobre monto que se prepaga para mutuos menores a UF 5.000 otorgados desde Junio 2004 | 1,5 meses de interés |
Comisión o intereses sobre monto que se prepaga para mutuos desde UF 5.000 | Según cláusula de prepago de escritura |
Comisión o intereses sobre monto que se prepaga para créditos complementarios | 1 mes de interés |